Ley de Tránsito dispone conducir autos livianos máximo a 100 km por hora en carreteras. En el país no hay autopistas con todas las regulaciones.
El exceso de velocidad es la causa que por lo general de inmediato se le atribuye a un accidente. Aunque no siempre sea la que origine un suceso, es primordial y la ley obliga a que los conductores acaten los siguientes límites según el artículo 181 del Reglamento a la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre.
- Vehículos livianos:
La velocidad máxima para conducir en el perímetro urbano es de 50 km por hora.
- En las vías perimetrales:
El tope es de 90 km por hora, a menos de que existan áreas de riesgo o pobladas, en las cuales se dispone 60 km o menos.
- En carretera:
El máximo permitido es de 100 km por hora.
- Vehículos de pasajeros:
En el perímetro urbano los buses, busetas y otros automotores de pasajeros deben circular máximo a 40 km por hora.
En vías perimetrales se permite hasta 70 km por hora. En carretera hasta 90 km por hora.
- Vehículos pesados
Para los camiones el límite permitido es de 70 km/h en las vías perimetrales.
Además recuerde que conducir a baja velocidad es tan peligroso como manejar rápido, pues un vehículo que circula lentamente constituye un obstáculo que en ocasiones no es visible para otros automotores. También impide la circulación y crea una caravana en la cual otros automotores al intentar rebasar pueden impactar con los que circulan en sentido contrario.
Para reducir accidentes, agentes de tránsito en Guayas y otras provincias realizarán operativos de control de velocidad con el uso de radares.
Recuerde
La infaltable recomendación de revisar el nivel de aire de las llantas se lo debe hacer cuando estas se encuentran frías.
Llame al lugar al cual viajará para así organizar su estadía. Consulte sobre horarios, vías y otros aspectos.
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